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Ayuda para el pago de tránsito

¿Qué opciones tengo?

Revise el aviso de infracción que se le envió por correo para ayudarle a determinar qué opciones tiene a su disposición.

Deseo pagar la fianza y solicitar que se cierre mi caso

  • La confiscación de la fianza es lo mismo que una condena y cerrará el caso. El monto de la fianza indicado en el aviso de infracción que le fue enviado por correo tiene que ser pagado en su totalidad.

Deseo declararme no culpable, renunciar al tiempo y solicitar un juicio por declaración

  • Si se le acusa de una infracción, puede declararse no culpable, renunciar al tiempo y solicitar un juicio por declaración. Tiene que pagar el monto de la fianza indicado en el anverso del aviso de infracción que le fue enviado por correo. Al remitir el pago y seleccionar esta opción, se está declarando no culpable y solicitando un juicio por declaración, pero renuncia a su derecho a que se atienda su caso en un plazo de 45 días a partir del envío de esta solicitud. Se le enviarán por correo los formularios de declaración y las instrucciones. Si se le declara no culpable o bien si se desestima el caso, se le devolverá su fianza por correo.

Deseo declararme no culpable, renunciar al tiempo y programar un juicio en la corte

  • Si se le acusa de una infracción y desea programar una audiencia en la corte para disputar este asunto, puede declararse no culpable, renunciar al tiempo y solicitar un juicio en la corte. Tiene que pagar el monto de la fianza indicado en el anverso del aviso de infracción que le fue enviado por correo. Al remitir el pago y seleccionar esta opción, se declarando no culpable y está solicitando un juicio en la corte, pero está renunciando a su derecho a que se atienda su caso en un plazo de 45 días a partir del envío de esta solicitud. Se le avisará de su audiencia, fecha, hora y lugar por correo. Si se le declara no culpable o bien si se desestima el caso, se le devolverá su fianza por correo.

Deseo declararme no culpable y solicitar un juicio por declaración

  • Si se le acusa de una infracción, puede declararse no culpable y solicitar un juicio por declaración. Tiene que pagar el monto de la fianza indicado en el anverso del aviso de infracción que le fue enviado por correo. Al remitir el pago y seleccionar esta opción, se está declarando no culpable y está solicitando un juicio por declaración en un plazo de 45 días a partir del envío de esta solicitud. Se le enviarán por correo los formularios de declaración y las instrucciones. Si se le declara no culpable o bien si se desestima el caso, se le devolverá su fianza por correo.

Deseo declararme no culpable y programar un juicio en la corte

  • Si se le acusa de una infracción y desea programar una audiencia en la corte para disputar este asunto, puede declararse no culpable y solicitar un juicio en la corte. Tiene que pagar el monto de la fianza indicado en el anverso del aviso de infracción que le fue enviado por correo. Al remitir el pago y seleccionar esta opción, se está declarando no culpable y está solicitando un juicio en la corte en un plazo de 45 días a partir del envío de esta solicitud. Se le avisará de su audiencia, fecha, hora y lugar por correo. Si se le declara no culpable o bien si se desestima el caso, se le devolverá su fianza por correo.

Elegibilidad para la escuela de tránsito

NOTA: Si es elegible y decide no ir a la escuela de tránsito, su seguro de automóvil puede verse afectado negativamente.

Para poder ser elegible para la escuela para infractores de tránsito (TVS, por sus siglas en inglés), tiene que cumplir los siguientes requisitos:

  1. Su licencia está vigente;
  2. No ha asistido a la TVS en los últimos 18 meses;
  3. Para una infracción por exceso de velocidad, su velocidad no puede haber superado las 100 mph o 25 mph por encima de la velocidad indicada, y
  4. Si es titular de una licencia comercial, la infracción no se produjo en un vehículo comercial.

No es elegible si se trata de un delito menor, una infracción grave del Código de Vehículos, o si la infracción exige una comparecencia obligatoria.

Para ir a la TVS, pague el monto adeudado, más la cuota de la TVS de $52, antes de la fecha de comparecencia. Su certificado de finalización de la TVS vence en un plazo de 90 días a partir de la fecha de comparecencia mostrada en el anverso de su aviso de infracción. La escuela de tránsito a la que vaya le cobrará una cuota adicional. Tras la finalización de la TVS y la recepción del certificado de finalización, el caso se cerrará y se reportará al Departamento de Vehículos Motorizados como una condena confidencial. Puede encontrar una lista de cursos aprobados en el sitio web del Departamento de Vehículos Motorizados (DMV, por sus siglas en inglés) de California - AQUÍ.

Tiene que pagar el monto de la fianza de su citación más la cuota de $52 de la TVS antes de que la corte acepte su "certificado de finalización". La escuela de tránsito tiene que finalizarse y su "certificado de finalización" tiene que entregarse a la corte en un plazo de 90 días.

Departamento de Tránsito »

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